Pago de impuestos atrasados por trabajo a jornada reducida

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¿Existe una amenaza de pago de impuestos atrasados para los trabajadores con jornada reducida?

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Muchos trabajadores se encuentran actualmente en situación de jornada reducida debido a la pandemia de Covid 19. Por si esta situación y la pérdida de ingresos que conlleva no fueran suficientemente graves para muchos de los afectados, en 2021 se avecinan nuevos problemas.

En el contexto de la declaración de la renta que es obligatoria este año debido a la percepción de la indemnización por jornada reducida, los trabajadores con jornada reducida pueden verse amenazados con un pago adicional de impuestos. La razón es el funcionamiento de la indemnización por jornada reducida y del sistema fiscal alemán.

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¿Qué es la indemnización por jornada reducida?

Definición de jornada reducida

Para entender por qué los trabajadores con jornada reducida pueden verse amenazados con un pago adicional de impuestos, es importante comprender el significado y el funcionamiento de la indemnización por jornada reducida. El subsidio por jornada reducida es una prestación del seguro de desempleo que sirve para compensar, al menos parcialmente, la pérdida de ingresos del trabajador y evitar en la medida de lo posible los despidos. Los empresarios tienen derecho a esta prestación en determinadas condiciones -a saber, las del §§ Artículos 95 y siguientes del SGB III - la posibilidad de acordar el trabajo a jornada reducida con los trabajadores y de solicitar la indemnización por jornada reducida.

De este modo, según § 95 SGB III derecho del trabajador a la indemnización por jornada reducida si

  1. hay una pérdida considerable de trabajo con pérdida de salario (§ 96 SGB III),
  2. se cumplen los requisitos operativos (§ 97 SGB III),
  3. se cumplen los requisitos personales y (§ 98 SGB III)
  4. la pérdida de trabajo se ha comunicado a la agencia de empleo (§ 99 SGB III).

En el marco del trabajo a jornada reducida, los trabajadores perciben regularmente 60% de la diferencia de retribución neta en el período de derecho como la denominada indemnización por jornada reducida (art. 105 SGB III). Por el contrario, los trabajadores por cuenta ajena que cumplen los requisitos para percibir la cuantía incrementada del subsidio perciben 67% de la diferencia salarial neta en el periodo de derecho como subsidio por jornada reducida.

Por el contrario, en el contexto de la pandemia COVID 19 surgen particularidades según el artículo 421c del SGB III, que establece disposiciones especiales temporales en relación con el trabajo a jornada reducida y la percepción de la indemnización por jornada reducida por parte de los trabajadores. El artículo 421c (1) SGB III establece, en primer lugar, una disposición especial en relación con el abono del empleo marginal durante la percepción del subsidio por jornada reducida, mientras que el artículo 421c (2) SGB III prevé un escalonamiento del subsidio por jornada reducida para los trabajadores por cuenta ajena a partir de un determinado período de percepción.

Lo importante para usted como trabajador por cuenta ajena en el próximo año es, de conformidad con el art. 421 párr. 1 SGB III, que para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el final del 31 de diciembre de 2021, la remuneración procedente de un empleo marginal de conformidad con el art. 8 párr. 1 núm. 1 SGB IV, al que se ha accedido percibiendo el subsidio por jornada reducida, no se añada a la remuneración real, en contra de lo dispuesto en el art. 106 párr. 3 SGB III.

Otra peculiaridad se plantea en relación con la cuantía del derecho a la indemnización por jornada reducida con arreglo al artículo 105 SGB III.2021, el subsidio por jornada reducida para los trabajadores por cuenta ajena que cumplirían los requisitos para percibir el tipo de prestación incrementado en caso de subsidio de desempleo asciende al 77% a partir del cuarto mes de percepción y al 87% a partir del séptimo mes de percepción, mientras que para los demás trabajadores por cuenta ajena asciende al 70% a partir del cuarto mes de percepción y al 80% a partir del séptimo mes de percepción de la diferencia de retribución neta en el período de derecho, siempre que el derecho al subsidio por jornada reducida se haya generado antes del 31 de diciembre de 2021 y la diferencia entre el salario teórico y el salario real en el mes respectivo ascienda al menos al 50%.

¿Qué es la fiscalidad progresiva o progresividad?

Definición de la progresión fiscal y de la retención/devolución de impuestos en caso de jornada reducida

Pero, ¿cómo surge el peligro de pagar impuestos atrasados en el caso de los trabajadores con jornada reducida? Ello se debe a la denominada progresión fiscal y a la denominada cláusula de progresión.

El concepto de fiscalidad progresiva significa simplemente que a medida que aumenta la renta o la riqueza, el tipo impositivo también aumenta proporcionalmente. La idea que subyace a la progresividad fiscal es que la justicia dicta que la persona con mayor capacidad económica pueda pagar y tenga que pagar un porcentaje mayor de sus ingresos que la persona económicamente más débil (BVerfGE 8, 51 - sentencia de 24 de junio de 1958).

La llamada cláusula de progresión es un fenómeno de la legislación fiscal alemana. La salvedad relativa a la progresión no significa otra cosa que unos ingresos que de por sí están exentos de impuestos pueden, no obstante, incrementar el tipo impositivo correspondiente. La cláusula de progresión también se deriva de consideraciones de equidad: Aunque los ingresos en cuestión estén y sigan estando exentos de impuestos en sí mismos, aumentan la capacidad financiera.

Lo mismo ocurre con la indemnización por jornada reducida. Si ha percibido una indemnización por jornada reducida como trabajador por cuenta ajena, se aplicará un tipo impositivo especial a la base imponible conforme al apartado 1 del artículo 32a de la EStG. Esto se desprende del artículo 32b, apartado 1, nº 1, letra a), de la EStG. Esto significa que la prestación por jornada reducida percibida por los trabajadores está y sigue estando exenta de impuestos. Sin embargo, el tipo impositivo para el resto de los ingresos puede aumentar. De ello se deduce que es posible un pago adicional de impuestos para los trabajadores con jornada reducida.

Sin embargo, no es posible hacer una afirmación general vinculante sobre si los trabajadores por cuenta ajena con jornada reducida pueden esperar pagar impuestos atrasados, ya que esto depende de cada caso individual. En otras palabras, en función de la cuantía del impuesto sobre la renta pagado el año pasado, los trabajadores por cuenta ajena pueden encontrarse en las siguientes situaciones:

Si, como trabajador por cuenta ajena, ha pagado suficiente o demasiado impuesto sobre la renta en el último año, es posible que incluso pueda esperar una devolución de impuestos. Esto es posible, por ejemplo, en el caso de la denominada "jornada reducida cero": En el caso de la denominada "jornada reducida cero", el empleado deja de trabajar. En este caso, tampoco hay pago de salario, sino sólo subsidio por jornada reducida. Si durante el año pasado se realizó un trabajo regular y se percibió la indemnización por jornada reducida sólo parcialmente y además del salario regular, existe, sin embargo, la amenaza de un posible pago adicional de impuestos para los trabajadores en jornada reducida.

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¿Qué ocurre con las cotizaciones a la Seguridad Social?

Cotizaciones a la Seguridad Social

A diferencia de la amenaza del pago de impuestos adicionales para los trabajadores por cuenta ajena con jornada reducida, no se le amenaza con ninguna desventaja como trabajador por cuenta ajena en lo que respecta a las cotizaciones a la Seguridad Social. Mientras siga percibiendo una remuneración (la denominada "remuneración real"), todo sigue igual para usted. Las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes se ajustan simplemente a la remuneración real abonada y se reparten entre el empresario y el trabajador como es habitual. En el caso de la denominada "remuneración ficticia", es decir, 80% de la remuneración calculada a partir de la diferencia entre la denominada "remuneración objetivo" (es decir, la remuneración normalmente pagadera sin jornada reducida) y la "remuneración real", el trabajador abona por sí solo las cotizaciones a la Seguridad Social.

En otras palabras: como trabajador por cuenta ajena, no paga cotizaciones a la Seguridad Social por su pérdida de trabajo y de ingresos, aunque esté en situación de jornada reducida "cero".

¿Qué se puede hacer?

Medidas que deben adoptarse para los trabajadores

Queda por ver si el legislador actuará a tiempo para mitigar las consecuencias fiscales para los trabajadores que el año pasado percibieron indemnizaciones por jornada reducida y evitar la amenaza de pagos fiscales adicionales para los trabajadores con jornada reducida. Sin embargo, en vista de la tensa situación financiera provocada por la pandemia de COVID-19, es cuestionable que se pueda prescindir de los ingresos fiscales correspondientes en un futuro próximo.

Sin embargo, mantenga la calma. El hecho de que los trabajadores con jornada reducida se vean amenazados con el pago de impuestos atrasados depende -como ya se ha explicado- de varios factores, todos los cuales deben someterse a un examen fáctico y jurídico, idealmente por parte de un asesor fiscal y jurídico. legislación laboral abogado o asesor fiscal con experiencia. En legislación laboral abogado consumado, ofrezco asesoramiento integral en relación con la pandemia del Covid 19 y estoy encantado de ayudarle en momentos difíciles como estos.

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